| ÁREA DE PROCESO: Convivencia escolar |
| OBJETIVO: Promover una convivencia escolar segura y respetuosa, mediante la participación en mesas de trabajo, el cumplimiento de los factores de convivencia del currículum nacional y el fomento del autocuidado de las y los estudiantes. |
| Ponderación: 20% |
| Indicadores |
Fórmula de cálculo |
Medios de verificación |
Situación actual |
Metas estratégicas |
Supuestos básicos |
INDICADOR 1:
Porcentaje de cumplimiento del plan de gestión de la Convivencia educativa |
N° acciones cumplidas
del plan de gestión de la convivencia educativa en el año t / N° total de acciones planificadas del plan de gestión de la convivencia educativa en el año t) *100
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1- Plan de Gestión de la Convivencia Educativa.
2- Informe de cumplimiento.
Nota Técnica:
a) El Plan de Gestión de la Convivencia Educativa deberá elaborarse conforme a los Lineamientos técnicos anuales emitidos por el SLEP Andalién Costa, asegurando coherencia con el Proyecto Educativo Institucional, el PME y la normativa vigente en materia de convivencia educativa.
b) El Plan deberá contener acciones formuladas con criterios verificables, indicando responsable, plazo de ejecución, medio de verificación y resultado esperado.
c) El denominador del indicador corresponderá al total de acciones planificadas en el Plan de Gestión vigente para el año t, y el numerador al total de acciones efectivamente ejecutadas dentro del mismo período, debidamente respaldadas con medios de verificación.
d) Una acción se considerará cumplida cuando exista evidencia objetiva y verificable de su ejecución, conforme al medio de verificación declarado en el Plan.
e) El Plan deberá ser elaborado y remitido a la Unidad de Planificación y Control de Gestión del Servicio Local a más tardar en abril de cada año de gestión.
f) El Plan podrá ser ajustado hasta el mes de julio, únicamente respecto de acciones cuya ejecución esté programada con posterioridad a la fecha de modificación, debiendo registrarse formalmente dicha actualización.
g) El informe anual de cumplimiento deberá remitirse en diciembre de cada año, incluyendo:
- Detalle del Nivel de ejecución de cada acción.
- Medios de verificación correspondientes.
- Breve análisis general de resultados o avances observados.
h) Durante el primer año de implementación, se evaluará prioritariamente la correcta formulación del Plan, la coherencia entre acciones y lineamientos, y la adecuada entrega de medios de verificación. |
S/I |
Año 1: Mide |
Causas de tipo externas, de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas y no previstas, que limiten seriamente el logro de la meta o reducciones forzosas en el presupuesto dispuestas por la autoridad financiera, destinadas a financiar ítem relevantes para su cumplimiento |
| Año 2: 75% |
| Año3: 80% |
| Año 4: 85% |
| Año 5: 100% |
INDICADOR 2:
Porcentaje de acciones implementadas en el establecimiento, derivadas de lineamientos abordados en la Red Territorial de Convivencia Educativa. |
(N° de acciones implementadas derivadas de la Red / N° total de acciones comprometidas derivadas de la Red) * 100 |
1- Plan de acciones derivadas de la Red.
2- Informe de Cumplimiento.
3- Lista de asistencia de cada sesión que asistió.
Nota Técnica:
a) Se entenderá por acción derivada de la Red toda iniciativa, ajuste, actividad, procedimiento o actualización de instrumento de gestión que el establecimiento incorpore formalmente en su planificación anual como respuesta a lineamientos abordados en la Red Territorial de Convivencia Educativa.
b) El establecimiento deberá identificar explícitamente, en su planificación las acciones comprometidas que se desprendan de la participación en la Red, señalando su vinculación con los lineamientos tratados y con los instrumentos de gestión a los cuales tributa cada acción.
c) Para efectos del cálculo del indicador, el denominador corresponderá al total de acciones comprometidas por el establecimiento derivadas de lineamientos de la Red en el año t, y el numerador al total de dichas acciones efectivamente diseñadas e implementadas dentro del mismo período.
d) Se considerará una acción como implementada cuando cuente con evidencia verificable de ejecución (acta, registro de actividad, actualización de instrumento, informe técnico, listas de asistencia u otro medio formal).
e) El informe anual deberá contener:
- Identificación de los lineamientos abordados en la Red.
- Acciones comprometidas por el establecimiento.
- Nivel de cumplimiento de cada acción.
- Breve análisis general de resultados o avances observados.
f) El informe de cumplimiento deberá ser enviado a la Unidad de Planificación y Control de Gestión del Servicio Local en diciembre de cada año, adjuntando los medios de verificación que respalden el cálculo del indicador.
g) El primer año de implementación considerará como condición mínima la correcta identificación de acciones derivadas de la Red y la entrega oportuna de los medios de verificación |
S/I |
Año 1: Mide |
Causas de tipo externas, de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas y no previstas, que limiten seriamente el logro de la meta o reducciones forzosas en el presupuesto dispuestas por la autoridad financiera, destinadas a financiar ítem relevantes para su cumplimiento |
| Año 2: 75% |
| Año3: 80% |
| Año 4: 85% |
| Año 5:100% |
INDICADOR 3:
Porcentaje de acciones implementadas en el establecimiento, derivadas de lineamientos abordados en la Red Territorial de Convivencia Educativa. |
(N° de acciones implementadas derivadas de la Red / N° total de acciones comprometidas derivadas de la Red) * 100 |
1. Plan de Seguridad Escolar.
2.Informe de cumplimiento.
Notas Técnicas
a) El Plan deberá elaborarse en coherencia con los Lineamientos técnicos anuales emitidos por el SLEP Andalién Costa y la normativa vigente en materia de Seguridad Escolar.
b) Durante el primer año de implementación, la evaluación del indicador considerará prioritariamente la correcta formulación del Plan, la identificación clara de acciones verificables y la entrega oportuna de los medios de verificación.
c) El Plan Integral de Seguridad Escolar deberá ser elaborado y remitido a la Unidad de Planificación y Control de Gestión del Servicio Local a más tardar en abril de cada año de gestión.
d) El Plan podrá ser actualizado hasta el mes de julio, exclusivamente respecto de acciones cuya ejecución esté programada con posterioridad a la fecha de modificación. Toda actualización deberá quedar formalmente registrada.
e) El informe anual de cumplimiento deberá enviarse en diciembre de cada año a la Unidad de Planificación y Control de Gestión, adjuntando:
- Detalle del nivel de ejecución de las acciones comprometidas.
- Medios de verificación correspondientes.
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S/I |
Año 1: Mide |
Causas de tipo externas, de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas y no previstas, que limiten seriamente el logro de la meta o reducciones forzosas en el presupuesto dispuestas por la autoridad financiera, destinadas a financiar ítem relevantes para su cumplimiento |
| Año 2: 75% |
| Año3: 80% |
| Año 4: 85% |
| Año 5: 85% |
INDICADOR 4:
Porcentaje de cumplimiento del Plan de Formación Ciudadana |
Nº de acciones cumplidas del Plan de Formación Ciudadana en el año t / Nº total de acciones planificadas del Plan de Formación Ciudadana en año t) *100 |
1.Plan de Formación Ciudadana.
2.Informe de cumplimiento.
Nota Técnica:
a) El Plan debe considerar los Lineamientos entregados por el SLEP de Andalién Costa cada año.
b) El primer año sólo considera la correcta medición y entrega de los medios de verificación de forma correcta. |
S/I |
Año 1: Mide |
Causas de tipo externas, de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas y no previstas, que limiten seriamente el logro de la meta o reducciones forzosas en el presupuesto dispuestas por la autoridad financiera, destinadas a financiar ítem relevantes para su cumplimiento |
| Año 2: 75% |
| Año3: 80% |
| Año 4: 85% |
| Año 5:100% |